Muchos contribuyentes se enfrentan al reto de informar sobre sus activos fuera de España. La complejidad y el temor a errores generan incertidumbre, pero una preparación adecuada brinda tranquilidad y seguridad fiscal. Esta guía combina datos oficiales y consejos prácticos para acompañarte en cada fase del Modelo 720.
Conocer tus obligaciones y plazos no solo evita sanciones, sino que fortalece tu confianza al gestionar tu patrimonio global.
Introducción y contexto general
El Modelo 720 es una declaración informativa sin pago destinada a combatir el fraude fiscal. Desde su implantación en 2012, requiere comunicar a la Agencia Tributaria el estado de tus bienes y derechos en el extranjero a 31 de diciembre del año anterior.
En enero de 2022, la sentencia TJUE moderó sanciones, adaptando las multas a la Ley General Tributaria y al RD 2063/2004. El plazo para la campaña de 2026 (declaración 2025) comprende del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, con plazo inamovible hasta 31 marzo (más tres días naturales de prórroga técnica).
Obligados a declarar el Modelo 720
Determinar si debes presentar el modelo es el primer paso para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento fiscal. Están obligados:
- Residentes fiscales en España, personas físicas y jurídicas sujetas a IRPF o Impuesto de Sociedades.
- Establecimientos permanentes en España de no residentes.
- Entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, herencias yacentes, herederos).
- Titulares reales, cotitulares, autorizados y beneficiarios con poderes de disposición.
Quedan excluidos los no residentes fiscales en España, las entidades exentas de Sociedades, bienes valorados individualmente en menos de 50.000 € y cuentas en entidades españolas si ya las declara la propia entidad.
Umbrales y valoración de los bienes
La obligación nace al superar 50.000 € en cada bloque o un incremento de más de 20.000 € respecto a la última declaración. Recuerda que es un límite independiente por bloque y, si lo superas, debes declarar todos los bienes de ese bloque, aunque algunos estén por debajo de 50.000 €.
Para valorar activos en moneda extranjera, utiliza el tipo de cambio oficial del BOE a 31 de diciembre y conserva justificantes de origen y titularidad.
Categorías detalladas de bienes y derechos
- Bloque 1: Cuentas bancarias y depósitos en entidades sin sucursal en España. Incluye IBAN, saldo medio trimestre y saldo a 31/12.
- Bloque 2: Valores, seguros y rentas como acciones, fondos de inversión, bonos, seguros de vida e incluso criptomonedas.
- Bloque 3: Bienes inmuebles y derechos —viviendas, terrenos y derechos reales— con valor catastral o de adquisición.
Recopila los datos básicos: identificación de la entidad o inmueble, valor de adquisición o a 31/12 y porcentaje de titularidad.
Guía práctica de presentación
1. Verifica saldos y valores a 31 de diciembre de 2025, bloque por bloque.
2. Reúne extractos bancarios, escrituras y justificantes de titularidad. La documentación completa y ordenada agiliza la presentación.
3. Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con Cl@ve, certificado digital o DNIe. Navega hasta “Presentar Modelo 720 — Ejercicio 2025”.
4. Rellena los datos del declarante y detalla los bienes y derechos en cada apartado, conforme a los bloques anteriores.
5. Valida el formulario para corregir errores y advertencias. La aplicación avisará de posibles omisiones.
6. Firma y envía telemáticamente. Guarda el justificante PDF y confirma la presentación.
7. En caso de modificar datos, accede de nuevo a la Sede antes de que finalice el plazo.
Sanciones y cómo evitarlas
No presentar o hacerlo fuera de plazo conlleva 20 € de multa por dato (mínimo 300 €, máximo 20.000 €) y recargos por requerimientos. Los datos incompletos o erróneos pueden implicar sanciones fijas o porcentuales de hasta el 2 % del valor omitido.
Una declaración precisa y oportuna evita las penalizaciones y conflictos con Hacienda, salvaguardando tu reputación y recursos.
Recomendaciones finales y errores comunes
• Planifica con antelación para verifica saldos a 31/12 y evitar prisas.
• Consulta un asesor fiscal si surgen dudas en valoración o titularidad.
• Revisa varias veces los datos antes de firmar y envía la declaración con tiempo suficiente.
• Conserva copias de los justificantes y del PDF de presentación durante al menos cuatro años.
Presentar el Modelo 720 puede parecer arduo, pero con esta guía práctica y tu compromiso ganarás no solo el cumplimiento tributario, sino también la seguridad de gestionar tu patrimonio internacional con control y confianza.
Referencias
- https://www.genealia.es/declarar-bienes-en-el-extranjero/
- https://www.martinezcardos.es/modelo-720-todo-lo-que-debes-saber-sobre-la-declaracion-de-bienes-en-el-extranjero/
- https://www.sage.com/es-es/blog/como-cumplimentar-el-modelo-720-de-la-declaracion-de-bienes-en-el-extranjero/
- https://ceriosrosas.es/declaracion-de-dinero-en-el-extranjero/
- https://suandco.com/blog/declaracion-de-bienes-en-el-extranjero-modelo-720/
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones/impuestos-tasas/declaraciones-informativas/modelo-720-decla_____sobre-bienes-derechos-extranjero_/preguntas-frecuentes/contribuyentes-obligados-declarar.html
- https://www.raisin.com/es-es/tributacion/modelo-720/
- https://esanasesores.com/declaracion-bienes-extranjero/
- https://www.pellicerheredia.com/modelo-720-declaracion-de-bienes-en-el-extranjero/
- https://www.mbtabogados.com/modelo-720-extranjeros-espana/
- https://taxdown.es/extranjeros/rentas-vivienda-extranjero
- https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI34.shtml
- https://administrativando.es/bienes-en-el-extranjero-como-tributan-ante-hacienda/







